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REGLAMENTO sobre Consumo de Tabaco |
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Capítulo IV : Coordinación
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Para la instrumentación y ejecución de las medidas y acciones a que se refiere el presente capítulo, la Secretaría promoverá la coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, mediante la suscripción de los respectivos acuerdos. |
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La Secretaría procurará que en los acuerdos a que se refiere el artículo anterior se consideren los siguientes aspectos: |
I. |
Las acciones que, para la ejecución del programa contra el tabaquismo, realizará la entidad federativa de que se trate |
II. |
La creación de clínicas y servicios para la atención del fumador |
III. |
La creación de centros estatales contra las adicciones. |
ARTÍCULO18. |
La Secretaría impulsará que los gobiernos de las entidades federativas promuevan las reformas legales y administrativas necesarias y adopten las medidas que se estimen convenientes para evitar y prohibir que se fume en las oficinas de sus respectivas unidades administrativas, en donde se atienda al público y en lugares públicos. |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
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